En el día de la fecha se suscribió entre la FESIMAF, la FENA y CAR el acuerdo que formaliza la aplicación de la eximición del tributo denominado «Impuesto a las ganancias» del 46% de las remuneraciones devengadas por el Personal Embarcado. Los montos descontados en exceso serán descontados hasta su concurrencia en los siguientes meses del ejercicio en curso. Consecuentemente y de acuerdo a cada situación individual es muy probable que en los próximos meses no se efectúen descuentos por ese rubro en nuestras remuneraciones. Ante cualquier duda comunicarse con las respectivas organizaciónes sindicales.
Asimismo, informamos que, ya hemos recibido el dictamen correspondiente con la Cámara de Arena y Piedra de Argentina, lo cual nos posiciona para la firma del acta final para su posterior homologación e implementación.
