El gremio busca evitar que los trabajadores marítimos sean excluidos de la Ley de Contrato de Trabajo. Advierten que los cambios legales vulneran derechos constitucionales y convenios internacionales, afectando la antigüedad, las licencias y el derecho a huelga.
El Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo presentó el día viernes 27 de Marzo una acción de amparo ante la Justicia Nacional del Trabajo. El objetivo es obtener una declaración de inconstitucionalidad sobre los artículos de la Ley 27.802 que pretenden excluir a los trabajadores del sector del régimen general de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
La presentación judicial del gremio hace hincapié en que la reforma intenta desplazar al personal embarcado hacia regímenes especiales que eliminan derechos fundamentales. Al quedar excluidos de la LCT, los capitanes, oficiales y patrones perderían el marco legal que garantiza la antigüedad y la estabilidad laboral.
«El nuevo esquema facilita desvinculaciones sin las indemnizaciones agravadas por el trabajo a bordo, y se verían afectados los cálculos y derechos a licencias por enfermedad o maternidad/paternidad. Esta exclusión de la LCT debilita el principio protectorio que rige cualquier relación de dependencia en la Argentina», detallaron desde la entidad.
Al igual que otras organizaciones del sector, el Centro de Patrones impugna el artículo que declara al transporte marítimo y fluvial como «servicio esencial» o de «importancia trascendental», obligando a mantener una operatividad del 75% ante cualquier reclamo.
En ese sentido, el secretario general, Capitán Mariano Moreno, sostuvo: «Esta medida anula la capacidad de protesta en los buques, ya que técnicamente es imposible realizar una medida de fuerza efectiva si la normativa obliga a que tres cuartas partes de la flota o del personal sigan operando normalmente. Esto incurre en el cercenamiento de un derecho consagrado en la Constitución Nacional».
La estrategia jurídica del sindicato busca blindar los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) específicos de la actividad. El amparo sostiene que las leyes especiales del sector marítimo son complementarias a la LCT y no deben ser utilizadas como una excusa para dejar al trabajador en un vacío legal, ni bajo normativas de menor jerarquía que vulneren los tratados de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
